26 de marzo de 2024

INE ordena el retiro de dos promocionales pautados por Morena

La Comisión declaró procedente la solicitud de medidas cautelares del PRI y Movimiento Ciudadano, al considerar que, en apariencia del buen derecho, la frase “traidores a México”, podría tratarse de calumnia en su perjuicio

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) concedió las medidas cautelares solicitadas por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) por presunta calumnia, derivado de la difusión de los promocionales denominados TRAIDORES V2 (tv) y MORENA ENERGIA (radio), pautados por el partido Morena, en los que se contienen expresiones que ponen en riesgo la seguridad personal y patrimonial de las personas aludidas y podrían generar confusión, odio y rencor hacia ellos, al pronunciar la frase “traidores a México”.

 

La Comisión precisó que, bajo la apariencia del buen derecho, la frase «La historia los recordará como traidores a México», constituye calumnia y podría advertir la imputación de un delito, pues la frase “traidores a México” si bien no se encuentra tipificado como delito, lo cierto es que la misma puede ser equiparable, en sede cautelar, al delito de traición a la patria, previsto en el Artículo 123 del Código Penal Federal; lo anterior, porque la expresión “traidores a México”, se relaciona de forma evidente a la forma en que fueron señaladas las y los legisladores y partidos políticos que votaron en contra de la reforma eléctrica.

 

La Comisión enfatizó que, si bien en los promocionales denunciados no se dice la frase “traidores a la patria”, sino “traidores a México”, es válido concluir que México es la referencia de los Estados Unidos Mexicanos, esto es, es una referencia de nuestro país, el que válidamente encuadra con la referencia de patria.

 

También consideró que las expresiones denunciadas no están amparadas en la libertad de expresión, al tratarse, desde una visión preliminar, de propaganda en favor de la guerra y/o apología del odio que puede constituir incitación a la violencia o cualquier otra acción ilegal en contra de un persona o grupo de personas.

 

La Comisión precisó que, de un análisis preliminar y contextual de los promocionales denunciados, su contenido no versa sobre un debate o confrontación ideológica, técnica o sobre aspectos jurídicos en torno a la viabilidad o no de cierta propuesta legislativa, sino a la imputación directa de un delito a personas legisladoras pertenecientes a los partidos de oposición que, como parte de sus atribuciones, votaron en contra de una propuesta legislativa y que, posteriormente, se realizó un llamado a la ciudadanía para que los identifique como traidores a México, lo cual, en apariencia del buen derecho, no está amparado en el derecho a la libertad de expresión.

 

El órgano colegiado sostuvo que se trata de la continuidad de una campaña orquestada por Morena que fue calificada, desde una perspectiva preliminar, como ilegal por la Comisión en los acuerdos ACQyD-INE-94/2022 y ACQyD-INE-97/2022, mismos que fueron confirmados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante sentencia recaída en el expediente SUP-REP-257/2022 y SUP-REP-262/2022, respectivamente.

 

El proyecto se aprobó por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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