Profepa y Seguridad Pública ponen a disposición a dos personas por cambio ilegal de uso de suelo, en Querétaro
La Profepa puso a disposición de la FGR a dos personas que fueron sorprendidas realizando el cambio ilegal de uso de suelo, en Querétaro.
PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE.
16 de julio de 2026.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en coordinación con la Secretaría de Seguridad Pública del municipio de Colón, en Querétaro, puso a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR) a dos personas que fueron sorprendidas realizando el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin contar con las autorizaciones federales correspondientes. Durante la intervención también fue asegurada una retroexcavadora utilizada para remover la vegetación del sitio.
Los hechos ocurrieron el pasado 9 de julio, cuando los elementos de la Policía Municipal de Colón del Estado de Querétaro, realizaban un recorrido de vigilancia, detectaron que dos individuos removían vegetación forestal mediante maquinaria pesada, sin contar con la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales ni con la autorización en materia de impacto ambiental, ambas emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Ante estos hechos, las dos personas fueron puestas a disposición de la Fiscalía General de la República, mientras que la retroexcavadora quedó asegurada como parte de las investigaciones. Asimismo, el área fue acordonada para que peritos especializados realicen el levantamiento de pruebas e indicios que permitan integrar la carpeta de investigación.
El cambio de uso de suelo sin autorización representa una de las principales causas de pérdida de ecosistemas forestales, ya que provoca la eliminación de la cobertura vegetal, la degradación del suelo y la alteración del hábitat de numerosas especies de flora y fauna. Estas actividades afectan el equilibrio ecológico y ponen en riesgo los recursos naturales.
La conducta detectada puede constituir un delito previsto en el artículo 418, fracción III, del Código Penal Federal, el cual establece sanciones de seis meses a nueve años de prisión y multas de cien a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Cuando estas acciones afectan un Área Natural Protegida, las penas pueden incrementarse conforme a lo establecido en la legislación.
La Profepa continuará trabajando de manera coordinada con las autoridades de los tres órdenes de gobierno para prevenir y combatir los delitos ambientales, garantizando el cumplimiento de la legislación y la protección de los ecosistemas forestales del país.
