24 de abril de 2024

Diego Garrido posiciona a CDMX en la continuidad notarial vía online; “La pandemia no es pretexto”, refuta a Morena.

Atento y ocupado en legislar para la Ciudad frente a la tercera ola Covid19, el diputado Diego Garrido López se adelantó e hizo que la CDMX no se contraiga ni se retrase en materia notarial.

 

“Ayer, finalmente logramos sacar adelante reformas notariales para la capital en las cuales, los ciudadanos recibirán atención en sus actos jurídicos, patrimoniales y de certeza jurídica”.

 

Dijo que “no solamente modernizamos la institución del Notariado, sino que facilitaremos a los ciudadanos la celebración de contratos, la votación de sus asambleas en asociaciones civiles o sociedades, la creación de un testamento digital con seguridad jurídica ante contagios y peligro de muerte por Covid”.

 

A las personas, se les posibilita realizar actos jurídicos con firmas electrónicas y obtener instrumentos notariales de forma digital para agilidad y certeza jurídica. “Es una reforma innovadora y que sienta las bases para el futuro del Derecho Civil, familiar, notarial y registral”.

 

Las reformas, de Diego Garrido, ponen a la Ciudad de México a la vanguardia en cuanto a un Marco Normativo Actual y Vigente que genera en la ciudadanía certeza y seguridad jurídica en cuanto a sus bienes materiales y no físicos, a los digitales.

 

Destacó que, respecto a las reformas de la Ley del Notariado, se podrá otorgar escrituras y cualquier instrumento notarial de forma digital, obteniendo así un archivo electrónico con validez jurídica, lo que revoluciona al sistema tradicional.

 

De esta forma:

  1. Se crea la Actuación Digital Notarial. Esto es, facultaremos a los notarios para que puedan realizar todas sus funciones a través de medios electrónicos.
  2. Les daremos el soporte legal para generar instrumentos electrónicos, para que puedan tener un Sistema Informático como plataforma para operar, y para que tengan una Red Integral Notarial.
  3. Se crea una firma electrónica para los ciudadanos que quieran realizar trámites digitales ante notarios.
  4. Se crea el Protocolo Digital. Se hace una distinción entre protocolo ordinario y protocolo digital. Se establece el procedimiento que deberá seguir la persona Notaria al celebrar actuaciones digitales; desde la determinación del folio que corresponda al instrumento notarial en su forma de archivo electrónico hasta su depósito definitivo en el índice y Archivo Electrónicos del Colegio de Notarios. Así como los tiempos para llevar las etapas en esta modalidad.

 

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