Celebra CNDH la aprobación de la Reforma a diversas disposiciones de siete leyes en materia de violencia política y paridad de género en contra de las mujeres
La normativa permitirá atender este fenómeno de manera integral, al proteger a las víctimas y sancionar desde el ámbito penal a diversos actores que cometan este tipo de conductas
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebra la aprobación por parte del Congreso de la Unión, de la reforma a diversas disposiciones de siete leyes en materia de violencia política y paridad de género, en contra de las mujeres, la cual permitirá atender este fenómeno de manera integral, al proteger a las víctimas y sancionar desde el ámbito penal a diversos actores que cometan este tipo de conductas.
Para este Organismo Constitucional Autónomo, la reforma contiene un análisis transversal en violencia política por razones de género, que aborda la violencia desde la regulación penal y de forma integral teniendo en cuenta a las víctimas y sus proyectos políticos.
El Decreto de reforma destaca la incorporación de un capítulo sobre violencia política de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se modifican disposiciones para armonizarlas con el principio constitucional de paridad de género y se sanciona a la violencia política cometida por diversos actores. Aunado a ello, se establece que la Fiscalía General de la República (FGR), debe crear la Base Estadística Nacional de Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género[1].
Esta Comisión Nacional considera de fundamental importancia tener información sobre cómo, cuándo y dónde, se está violentando a las mujeres por intentar participar en asuntos políticos, ya que es un elemento imprescindible para la planeación de una adecuada política pública que permita erradicarla, tal como se señaló en el estudio elaborado por la CNDH: “La Participación Política Equilibrada entre Mujeres y Hombres en México, 2019: Los desafíos de la reforma constitucional en materia de paridad”[2].
Cabe destacar que, hasta el 18 de febrero de 2020, casi todas las entidades federativas ya prevén en sus leyes de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, a la “violencia política contra las mujeres por razones de género”, salvo Guerrero y Puebla. Asimismo, 11 entidades federativas prevén a la violencia política por razones de género como un delito en sus códigos penales y 15 entidades federativas mencionan la violencia política en sus leyes electorales.
Este Organismo Constitucional Autónomo invita a las autoridades correspondientes a observar esta normativa en cuanto sea publicada, para cumplir con la obligación constitucional de paridad de género y combatir la violencia política en contra de las mujeres.
[1] Disponible en: http://gaceta.diputados.gob.mx/PDF/64/2020/mar/20200318-II.pdf#page=77
[2] Disponible en: https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Publicaciones/Estudio_Participacion.pdf